sábado, 25 de julio de 2009

HISTORIA DEL ROCIO CHICO II

VOTO DEL ROCIO CHICO


En seguida se expidieron órdenes por el intruso Gobierno mandando establecer en esta villa la Milicia cívica, destinando para ello el dos de Abril del mismo Año al Coronel Muteau, que con cien Dragones de la Caballería del Príncipe obligasen á estos vecinos a servir en clase de cívicos; y sin embargo de la dureza de sus órdenes se despreciaron cuanto se separó de esta Población; cuyo hecho irritó al Mariscal Soul y lo estimuló á que destinase á esta villa una Partida de caballería del Número cuarto comandada por el peor de sus satélites el capitán D. Pedro Dosau, quien con piel de oveja y corazón de tigre trató desde un principio en que entró en esta Hermosa Población, que fue el veinte de Junio del nominado año, de sacrificarla, haciendo que sus moradores desde la edad de quince hasta más de sesenta años todos se alistasen; y viendo este Pueblo que iba a ser sacrificado ocurrió á la protección de la Reyna de los Angeles María Santísima con la que consiguió, que por más diligencias que hizo, no se realizó sin dejar de trabajar hasta el diez y seis de Agosto del ante dicho año de mil ochocientos diez, a las diez de su noche; en cuya ora recibió el Magistrado una orden del capitán Dosau, la más dura, para que sin escusa, ni disculpa se diese cumplida la Milicia cívica al día siguiente á las diez de su mañana; y conociendo lo imposible de su cumplimiénto volbió á recurrir á su Protectora, y llegada la ora citada se encontró con la novedad de haver venido una Partida de Gendarmes á rehelebarlo: En esta crítica situación entre la una y las dos de la tarde del mismo día diez y siete, se arrojaron á esta villa treinta y nueve Paisanos Patriotas, que sorprendiendo á las dos Partidas Francesas compuestas de ochenta y ocho hombres mataron á el Capitán Dosau y otros cinco soldados y llevaron prisionero á el Comandante de los Gendarmes y á toda la tropa, a excepción de catorce de estos que se escaparon, cuya famosa acción la consiguieron por el favor de estos vecinos; de cuyo hecho noticioso el Mariscal (Soult) destinó una Partida considerable de Caballería con la orden de saquear, degollar é incendiar, y en efecto siendo entre quatro y cinco de la tarde del día siguiente diez y ocho se arrojaron con sable en mano vomitando fuego hasta el más mínimo soldado: Llegada la noche como entre ocho y nueve de ella hizo el comandante Francés reunir en la casa de su havitación los dos cuerpos, Eclesiástico y Secular, intimidándole la orden, y pidiendo un capitán, que hacía de Fiscal, la destrucción de la Población y cumplimiento de las órdenes de su Emperador comunicadas por Murat, y especialmente la última de Soult, los ultrajó con los mayores improperios, los prendió y amenazó de muerte, en cuya época desde las diez de aquella noche principió a saquear la Población, y no determinándose poner en ejecución en todas sus partes la orden por no haber llegado una partida de ochocientas Infantes, que venían de camino resueltos y decididos á castigar a este Pueblo con todo el rigor de la Ley, como lo habían hecho por muchos menos motivos con otros Pueblos del Reyno, ocurrió el de esta villa en su mayor aflicción a su Abogada y Protectora en términos que consiguió apiadar el brazo de la divina Justicia, contentándose sólo con llevarse presos a los señores Vicario y Alcalde, dando libertad en la villa de Hinojos á el primero, y recibiendo aviso de que la Infantería estaba en la inmediata villa de Pilas expidió su orden para que retrocediera, como lo hizo con general disgusto de la Tropa.
En esta crítica y lamentable situación, y deseando los que abajo firman manifestar algún tanto el reconocimiento y gratitud que deben al Todo Poderoso Dios Nuestro Señor por la intercesión de la Reyna de los Angeles María Santísima Nuestra Madre y Señora del Rocío, de unánime consentimiento y conformidad, han acordado hacer, como hacen, voto formal y expreso por sí y en nombre de los que les sucedieran en adelante para siempre jamás de pasar en la madrugada de día diez y nueve de Agosto de este año y de todos los venideros á la Ermita de Nuestra Madre y Señora á cantar una solemne Misa en acción de gracias por el singular favor de haber conservado este Pueblo libertándolo de las furias y rigor de los satélites del Tirano, para lo cual se anunciará á el público el diez y ocho con repique de campanas, y el diez y nueve pasará una Diputación compuesta de tres Señores Eclesiásticos, tres individuos del Ayuntamiento constitucional y tres Hermanos de la venerable Hermandad en señal del justo reconocimiento en que vivimos por el expresado favor, y el de haber libertado las Andalucías, y su capital el veinte y siete de Agosto del Año pasado de mil ochocientos doce con las demás victorias conseguidas; y mandaron se extienda en acta formal para su cumplimiento, de que doy fe.

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